lunes, 19 de agosto de 2013

NOTA LA VERDADERA LEY DE UN SITIO SINVERGÜENZA




Ley: 

La ley (del latín lex, legis) es una regla o norma dictada por una autoridad competente, en que se ordena, prohíbe o permite y a la cual se le debe obediencia.










Video 1: http://www.youtube.com/watch?v=wLmGJ-6-yRA






Video 2: http://www.frequency.com/video/los-violadores-violadores-de-la-ley/21164213









(El Siguiente Material Es Un Completo Documental: Hecha La Ley, Compuesto Por Tres Breves Partes, Basado En La Ley De Radiodifusión Argentina, Con Su Posterior Proyecto De Ley De Servicios De Comunicación Audiovisual, El Mismo Esta Realizado Por Estudiantes De 5to Año Audiovisual De La Escuela De Ciencias De La Información, De La U.N.C. (Universidad Nacional De Córdoba) Contiene Material Historico - Politico - Informativo, El Mismo Se Encuentra Hablado y Subtitulado En Español y Cuenta Con Relatos y Testimonios De Funcionarios Politicos y Profecionales, Se Recomienda a Menores De Determinada Edad Ver En Compañia De Un Adulto).





Video Documental: 



Parte 1 - (Intro - 1983): http://www.youtube.com/watch?v=SSjmn-46x2Q



Parte 2 - (1983 - 2001): http://www.youtube.com/watch?v=l8R65rLDkUU



Parte 3 - (Hoy): http://www.youtube.com/watch?v=xtFEGc8QSG4





Aviso: (El Documental Cuenta Con 5 Partes, Se Dejo Unicamente Lo Mas Destacable Relacionado al Tema De La Publicacion).  






Características


- Generalidad: La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase.


- Obligatoriedad: Tiene carácter imperativo-atributivo, es decir, que por una parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que obedece. La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de sus destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción, a un castigo impuesto por ella misma.


- Permanencia: Se dictan con carácter indefinido, permanente, para un número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su abrogación, subrogación y derogación por leyes posteriores.


- Abstracta e Impersonal: Las leyes no se emiten para regular o resolver casos individuales, ni para personas o grupos determinados, su impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad.


- Se Reputa Conocida: Nadie puede invocar su desconocimiento o ignorancia para dejar de cumplirla.


- Rige Hacia El Futuro: Regula los hechos que ocurren a partir de su publicación irretroactiva.







Ley Natural

La ley natural es un orden normativo armónico (o sistemático) y unas relaciones de interdependencia derivadas de él, a los que todos los seres visibles están ligados por el mero hecho de existir. Dentro de este encontramos las nociones de orden, interrelación y armonía. Una ley natural también se puede definir como la ley que crea la naturaleza de cualquier cosa para protegerse de lo que amenace su tranquilidad en su entorno.




Ley Positiva

En Derecho el origen de la definición de la ley se debe a Tomás de Aquino en su Summa Theologiae al concebirla como "La ordenación de la razón dirigida al bien común y promulgada por el que tiene a su cargo el cuidado de la comunidad". Más modernamente, se denomina ley a la norma de mayor rango tras la Constitución que emana de quien ostenta el poder legislativo. Mientras no está aprobada es un proyecto de ley.






Clasificaciones De La Ley

En sentido material y formal: esta diversificación en material y formal se particulariza por observar cuál es el contenido de la ley y cuál el origen de la misma


- Material: Es toda norma general y obligatoria, emanada de autoridad competente.

- Formal: Es toda norma emanada desde el congreso conforme al mecanismo constitucionalmente determinado.



De derecho estricto y de derecho equitativo, también se denominan rígidas o flexibles. En las primeras la norma es taxativa y no deja margen para apreciar las circunstancias del caso concreto ni graduar sus consecuencias. En las segundas, resultan más o menos indeterminados los requisitos o los efectos del caso regulado, dejando un cierto margen para apreciar las circunstancias de hecho y dar al Derecho una configuración adecuada al caso concreto.


A) Por el sistema al que pertenecen: Internacionales; Nacionales; provinciales; locales.

B) Según el modo de operar: Permisivas: son aquellas disposiciones que autorizan, permiten a un sujeto realizar determinadas conductas. Prohibitivas: son aquellas que vedan, niegan al sujeto la posibilidad de realizar determinados actos o de tener ciertas conductas. Declarativas: son aquellas cuyo contenido encierra definiciones. "Son personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones".

C) Según cómo actúa la voluntad individual: Imperativas son leyes que se imponen a la voluntad individual o colectiva, que no dan opción para el sujeto. Supletorias son leyes que rigen solamente cuando las personas no expresan su voluntad en otro sentido. Están estrechamente ligadas al principio de autonomía de la voluntad.



Algunos tipos de leyes son:


- Ley Fundamental: Es la que establece principios por los que deberá regirse la legislación de un país; suele denominarse Constitución. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico, ya que está por encima de cualquier ley.

- Ley Orgánica: Cuando nace como consecuencia de un mandato constitucional para la regulación de una materia específica.

- Ley Ordinaria: Entre las que se incluye la ley de presupuestos.





Legislación Delegada

Son normas jurídicas con rango de ley dictadas por el Gobierno sobre determinadas materias. No son propiamente leyes, aunque tienen todos los efectos de éstas, ya que tienen valor, rango y fuerza de ley. Entre ellas encontramos al:


- Decreto Ley: Un decreto ley (denominado en Argentina Decreto de necesidad y urgencia) es una norma con rango de ley, emanada del poder ejecutivo, sin que necesariamente medie intervención o autorización previa de un Congreso o Parlamento


- Decreto Legislativo: El decreto legislativo o decreto con fuerza de ley (DFL) es una norma jurídica con rango de ley, emanada del poder ejecutivo en virtud de delegación expresa efectuada por el poder legislativo.








































"Las leyes no están para esclavizar sino para encauzar la libertad"

Fernando Fernández - Savater Martín (San Sebastián, 21 De Junio De 1947 / Filósofo, Activista y Prolífico Escritor Español. Sus Obras Han Sido Distinguidas Con Numerosos Premios).



"Toda ley que el pueblo en persona no ratifica, es nula"

Jean-Jacques Rousseau (Ginebra, Suiza, 28 De Junio De 1712 - Ermenonville, Francia, 2 De Julio De 1778 / Polímata: Escritor, Filósofo, Músico, Botánico y Naturalista Franco - Helvético Definido Como Un Ilustrado).




"Una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa"

Charles Louis De Secondat, Señor De La Brède y Barón De Montesquieu (Château De La Brède, 18 De Enero De 1689 - París, 10 De Febrero De 1755 / Cronista y Pensador Político Francés Que Vivió Durante La Llamada Ilustración).




"La ley nunca hará a los hombres libres; son los hombres los que tienen que hacer la ley libre"

Henry David Thoreau (Concord, Massachusetts, 12 De Julio De 1817 - 6 De Mayo De 1862 / Escritor, Poeta y Filósofo Estadounidense, De Tendencia Trascendentalista y Origen Puritano, Fue Agrimensor, Naturalista, Conferenciante y Fabricante De Lápices. Uno De Los Creadores Fundadores De La Literatura Estadounidense).




"El único Estado estable es aquel en que todos los ciudadanos son iguales ante la ley"

Aristóteles (En Griego Antiguo Ἀριστοτέλης, Aristotéles) (384 A. C. – 322 A. C. / Polímata: Filósofo, Lógico y Científico De La Antigua Grecia, Cuyas Ideas Han Ejercido Una Enorme Influencia Sobre La Historia Intelectual De Occidente Por Más De Dos Milenios).





"Cuando los hombres son puros, las leyes son inútiles; cuando son corruptos, las leyes se rompen"

Benjamín Disraeli, Conocido También Como Conde De Beaconsfield o Lord Beaconsfield (Londres, 21 De Diciembre De 1804 - Curzon Street, Londres, 19 De Abril De 1881 / Político, Escritor y Aristócrata Británico,  Ejerció Dos Veces Como Primer Ministro Del Reino Unido).





"Toda ley que viole los derechos inalienables del hombre es esencialmente injusta y tiránica, no es una ley en absoluto"

Maximilien François Marie Isidore De Robespierre, Mejor Conocido Como Maximilien Robespierre (Arras, 6 De Mayo De 1758 – París, 28 De Julio De 1794 / Abogado, Escritor, Orador y Político Francés Apodado "El Incorruptible". Fue Uno De Los Más Prominentes Líderes De La Revolución Francesa, Diputado, Presidente Por Dos Veces De La Convención Nacional, Jefe Indiscutible De La Facción Más Radical De Los Jacobinos y Miembro Del Comité De Salvación Pública).



































N@T@ Un Verdadero Sitio SinVergüenza






























La Unica Ley Aplicable En Una Sociedad, Es La Que El Pueblo Decreta y Es Nuestro Deber Como Ciudadanos, Saber Componerla, Interpretarla e Instrumentarla, Para Que Ningun Representante Mediocre Nos Quite La Posibilidad De Ser Libres En Un Verdadero Sitio SinVergüenza







































Cualquier Parecido Con la Realidad es Pura Coincidencia
O No es Ninguna Coincidencia Que Todo Sea Parecido a la Realidad ?

































Gracias Por Visitar N@T@

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EL VALOR IDEAL DE LA MUSICA  

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